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Cosificación o des-cosificación: el poder en la cosa durante la Edad Media
MIceli Paola.
XIV Jornadas Interescuelas/Departamentos de Historia. Departamento de Historia de la Facultad de Filosofía y Letras. Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, 2013.
  Dirección estable:  https://www.aacademica.org/000-010/68
Resumen
Desde la antropología y la historia social se ha resaltado durante estos últimos años que en la Edad Media Hombre debe pensarse la relación de los hombres con tierra bajo una relación simbiótica que no distingue entre sujeto y cosa vínculo claramente diferente al que caracteriza al mundo contemporáneo. Trabajos claves como los de Thompson, Morsel, Baschet, Demade hablan de descosificación o cosificación incompleta para referirse a esa imposibilidad de separar en el feudalismo a la tierra del sujeto que la detenta. Esta idea de cosificación incompleta de los objetos se explicaría porque en estas economías del don, los objetos que circulan parecen contener en sí una parte del donador, se trataría en síntesis de una sociedad en donde “objeto” y “sujeto” se encontrarían imbricados por una lógica de “posesión íntima de los bienes”. Sin embargo los historiadores del derecho preocupados por el problema de la “propiedad” en la Edad Media (Grossi, Cortese, Colognesi) señalan que los juristas medievales elaboraron construcciones técnicas de las relaciones de señorío, de poder, mejor dicho de dominium que mostrarían un proceso de cosificación de ese poder. Por ejemplo frente al fenómeno medieval del siervo de la gleba, los juristas describen un derecho de trabajo sobre la tierra que no reposa en un contrato obligatorio, ni en un estatuto personal establecido según las reglas romanas de la esclavitud o el colonato: el trabajo de los campesinos se construye jurídicamente a partir de las cosas, es la tierra, la cosa, que contiene una servidumbre. Incluso si miramos la definición que da Partidas de dominio (Poder que ome ha en su cosa de facer della e en ella lo que quisier, segund Dios es segund fuero) vemos que el poder que el hombre tiene está en la cosa y no sobre la cosa. El objetivo de esta ponencia será atender a estos dos acercamientos sobre el problema de la relación de los hombres con, sobre o en las cosas durante la Edad Media, refiriéndonos en particular a la relación que se traza entre los hombres y las tierras en este período. El propósito central será propiciar un cruce, casi inexistente en la bibliografía, entre los aportes de la historia social y la historia del derecho.
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