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Leyes de administración del espacio del puerto de Bahía Blanca: exclusión e inclusión
María Jimena Irisarri - UNS.
María Belén Noceti - CONICET-UNS.
XII Jornadas de Sociología. Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, 2017.
Resumen
El 3 de junio de 1992, mediante la Ley N° 24.093, se transfirieron puertos que eran propiedad del Estado nacional a las provincias. Previo al traspaso, la normativa estipulaba que se debían constituir sociedades de derecho privado o entes públicos no estatales para administrar ese espacio, buscando asegurar la participación de los distintos sectores interesados en el quehacer portuario. Según lo determinado, el 1° de septiembre de 1993, la provincia de Buenos Aires, por medio de la Ley N° 11.414, creó el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, con determinadas prerrogativas, integrado por nueve representantes, con criterios de selección que no se explicitaron. Posteriormente, otras leyes provinciales reglamentaron también sobre ese territorio. En el presente trabajo nos proponemos indagar cuáles fueron las consideraciones que se tuvieron en cuenta para incluir a algunos actores y excluir a otros, ya que, la participación en esta instancia de poder, supone la capacidad o no de un actor social de poder tomar determinaciones acerca de sus actividades, de imponer sus puntos de vista o intereses sobre un espacio de uso común.
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