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Derechos Humanos en pugna: verdad y libertad en el proceso penal
Florencia María Martini - Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, Defensoría Penal nº 2. Universidad Nacional del Comahue, Facultad de Humanidades.
IX Jornadas de Sociología. Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, 2011.
Resumen
Verdad y libertad coexisten en el marco de justificación de la prisión preventiva vigente en el proceso penal. El nudo gordiano de este instituto procesal radica en la identidad fáctica de la prisión como cautela y pena. La cautela se presenta como deber ser ideal mientras que el ser empírico del encarcelamiento configura la pena, suerte de castigo sin juicio del derecho penal contemporáneo, campeador de la doctrina de la Seguridad, hija dilecta de la llamada doctrina de Tolerancia Cero. Lo que debe cautelarse mediante la privación de la libertad es la verdad. Esta se presenta como derecho humano de la víctima del delito frente al derecho a la libertad del presunto inocente. Sin embargo la incidencia de las restricciones a la verdad y a la libertad, sobre la existencia concreta del ser humano evidencian una asimetría. El carácter de bien humano primario o secundario será determinante de la legitimidad de la ley procesal. Tal como sostiene Habermas, la legalidad sólo puede engendrar legitimidad en la medida en que el orden jurídico reaccione reflexivamente a la necesidad de fundamentación surgida con la positivización del derecho, de suerte que se institucionalicen procedimientos jurídicos de fundamentación permeables a discursos morales. Se debe determinar cuáles son los Derechos Humanos que derivan de principios morales válidos, estén o no consagrados en normas jurídicas positivas, ya que, si los derechos que derivan de estas normas no coinciden por vía interpretativa, se deberá ir más allá de tales normas positivas en tanto se pretenda alcanzar una solución justificada.
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