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Arquitectura Jurídica del Capital Financiero Transnacional
Pablo Blanco - CIEPE.
XIII Jornadas de Sociología. Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, 2019.
Resumen
Desde el año 1933 cuando EEUU crea la Ley Glass-Steagall para la separación de los mercados financieros y comerciales, el sistema económico a nivel mundial se desarrolló de manera tal que ya ninguna jurisdicción nacional pudo controlar el complejo jurídico-económico de este campo. Se han creado instituciones internacionales para generar presupuestos mínimos y se han modificado normativas de los países centrales para mejorar la regulación, pero el hecho económico trascendía, y trasciende, a toda normativa vigente. Llegamos a la actualidad con una red transnacional de centros financieros, ciudades dentro de ciudadades, que se encuentran casi ajenos a las leyes de fondo y de forma de los estado-nación y su imperio iuris que conocemos desde el siglo XIX. En palabras de Boaventura De Sousa Santos, el derecho se ha transnacionalizado y sus efectos impactan en todo el mundo a pesar de las jurisdicciones. Este paper propone indagar sobre la arquitectura jurídica que sostiene en la legalidad comercial al sistema financiero transnacional.
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