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El derecho mesopotámico como sistema de ritos
Peña Agustina María.
XIV Jornadas Interescuelas/Departamentos de Historia. Departamento de Historia de la Facultad de Filosofía y Letras. Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, 2013.
  Dirección estable:  https://www.aacademica.org/000-010/9
Resumen
Los sistemas sociales, según la teoría de N. Luhmann, tienen la capacidad de crear los elementos que los constituyen como tales y un programa de reglas que los organizan internamente (Luhmann, N., 1998, 2007). El sistema jurídico mesopotámico, en tanto sistema social, elabora su programa organizador como un conjunto de ritos. En él se establecen las formas y los momentos en que deben realizarse los procedimientos judiciales, ya sea la presentación de documentos, de testigos o de juramentos, la prueba de la ordalía -determinante de la inocencia o la culpabilidad del acusado- o los rituales propios del matrimonio y de la compra-venta de propiedades. La validez jurídica de las operaciones dependía de la correcta realización del rito; el incumplimiento de algún requisito podía ser la causa para que sean consideradas nulas. Pero los rituales jurídicos no se encuentran enlazados linealmente, sino que interactúan entre sí y desarrollan dialécticas significativas. Tienen por objetivo alcanzar un resultado favorable en la disputa contra un adversario que realiza otros ritos según intereses opuestos, formando así una controversia de ritos cuyo desenlace es desconocido, imprevisible. De esta manera, el sistema jurídico se constituye como juego, como “una pugna sometida a reglas fijas y que se celebra con formas sagradas y en la cual las dos partes contendientes apelan a la decisión de un árbitro” (Huizinga, 1968: 119). El sistema jurídico mesopotámico trataba la resolución de los conflictos y establecía la forma de proceder en cuestiones propias de la vida cotidiana de la población, actuando como ordenador y regulador de la sociedad. Los procesos judiciales, realizados mediante un sistema de ritos, determinaban la solución de los casos a partir de la decisión final del juez. Teniendo en cuenta la limitación que presentan las fuentes como reflejo parcial de los procesos judiciales mesopotámicos, se observarán -a través de documentos jurídicos súmeros y acadios- los diferentes procedimientos judiciales, la interacción de los rituales dentro del juicio y la forma en que se determinaba la sentencia judicial. De la misma manera, se tendrá en cuenta las modificaciones provocadas en los rituales jurídicos por la influencia de la escritura como soporte tecnológico.
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