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Justicia regia: entre la lógica de patrimonialización y la del funcionario público. Aportes sobre la proyección del Estado centralizado en Avila S. XV
Membrado y Sofia.
XIV Jornadas Interescuelas/Departamentos de Historia. Departamento de Historia de la Facultad de Filosofía y Letras. Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, 2013.
  Dirección estable:  https://www.aacademica.org/000-010/74
Resumen
El fenómeno de centralización política que atraviesa la monarquía castellana durante el Siglo XV, se acelera durante el reinado de los Reyes Católicos, quienes han sido caracterizados por gran parte de la historiografía como precursores de un Estado moderno, en el que la dimensión de lo público cobra cada vez mayor preeminencia. Un indicador de este proceso, sería la multiplicación de oficiales de justicia, cuya actuación se encuentra precisamente normativizada por los monarcas, como puede verse sobre todo a partir de la documentación de Cortes. Sin embargo, existe otra serie de documentación de carácter local, que contrasta con el proyecto político centralista expresado en, por ejemplo, las Cortes de Toledo. Así, se puede distinguir que corregidores, jueces de residencia, oidores y demás enviados regios con atribuciones judiciales, concretan intervenciones ante las diferentes clases de conflictos que se suscitan, que no encajan cómodamente en los límites de lo que se podría esperar para un funcionario de un estado centralizado. Puede percibirse, a partir de la lectura de la Documentación Real del Archivo del Consejo Abulense y de la Documentación Medieval del Asocio de la Extinguida Universidad y Tierra de Ávila, la imbricación de corregidores con miembros del Concejo abulense, la no ejecución de sentencias dictadas por la monarquía e, incluso, se detectan casos en los que son protagonistas y causantes de conflictos legales. ¿Se tratan estas situaciones de evidencias de la debilidad del programa de centralización emprendido por los Reyes Católicos?, ¿o son acaso pruebas de que la dinámica de patrimonialización privada del poder que caracteriza al feudalismo se haya también presente en la actuación de estos enviados regios?, ¿bastan estos casos para descartar la identificación de los corregidores y demás enviados por la monarquía para impartir justicia como funcionarios del estado? Estas son preguntas a las que buscaremos dar alguna clase de respuesta, aunque más no sea ampliando el arco de interrogantes que nos acerquen a una reflexión de la dinámica política en un contexto de transición. Caracterizar el perfil sociológico de los oficiales de justicia -haciendo énfasis en la figura de los corregidores-, su procedencia de clase, el modo en que se reproducen materialmente en su cargo, describir sus atribuciones e intervenciones concretas en los diversos conflictos que se presentan, así como definir los rasgos típicos de su función y los motivos por los cuales son designados o depuestos, constituyen el primer y necesario puntapié para desentrañar estos problemas.
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