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Del orden de la milicia al orden de las instituciones: el derecho a castigar en Entre Ríos (1860/80)
Laura Naput.
XIV Jornadas Interescuelas/Departamentos de Historia. Departamento de Historia de la Facultad de Filosofía y Letras. Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, 2013.
Resumen
La presente ponencia forma parte de un trayecto de investigación cuyo principal interés es el de comprender las configuraciones del poder punitivo en la Provincia de Entre Ríos entre 1853 y 1886, sobre todo el vínculo entre el derecho a castigar y la conformación de un régimen moderno de dominación; por lo que el campo problemático al que pertenece el problema transita en los intersticios de la historia sociopolítica y el derecho. Específicamente, en este avance de investigación, nos proponemos analizar y comparar las formas de administración de justicia y la instrumentación del derecho a castigar por parte del estado en dos agencias formales de control penal: la justicia letrada y las “guardias de seguridad” que, a partir de 1860, instituyen a la policía como una esfera diferenciada de la jurisdicción militar y judicial. Analizaremos el período 1860/1883, a partir de la aprobación de la Constitución provincial y la sanción de una nueva ley de administración de justicia que estará vigente con algunas modificaciones parciales hasta la reforma de la constitución en 1883. Nos interesa especialmente comparar los procesos de administración de justicia dentro y fuera de la agencia judicial con el objeto de evaluar las tensiones y los conflictos entre el estado constitucional de derechos y el estado de policía, como agencias formales del control penal en los estados modernos. La selección de documentos sobre los que se basa la investigación reúne una serie de expedientes del fuero penal (que representan teóricamente los diferentes tipos de delitos, la multiplicidad de penas efectivamente aplicadas y el carácter socialmente desigual de ofensores y ofendidos), los informes de los Jefes Políticos sobre las actuaciones de las “Guardias de Seguridad” (con el detalle de los detenidos en cada jurisdicción informando las faltas “corregidas” y los delitos castigados) y los dispositivos normativos que regulan los procesos de administración de justicia en las dos agencias.
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