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Las credenciales de autenticidad: Estigmas, estereotipos y burocratización en los procesos de reconocimiento legal de los pueblos indígenas
Nagy y Mariano.
XIV Jornadas Interescuelas/Departamentos de Historia. Departamento de Historia de la Facultad de Filosofía y Letras. Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, 2013.
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Resumen
Desde la recuperación del sistema democrático en la Argentina en 1983, tuvo lugar un creciente proceso de visibilización de los pueblos indígenas, fenómeno acompañado por la juridización de sus derechos, en gran medida por la propia agencia de las parcialidades. En dicho contexto surgieron organismos gubernamentales y entes autónomos encargados de propiciar el acompañamiento, el fortalecimiento y la representación de las comunidades, con el fin de confeccionar un registro nacional, normativizar su reconocimiento, y a partir de ello, facilitar el acceso al cumplimiento de sus derechos. Sin embargo, a casi tres décadas del inicio de este proceso, los pueblos indígenas se ven obligados a transitar por un sinuoso camino caracterizado por extensos y agotadores trámites burocráticos, en los cuales suelen encontrarse con negativas oficiales a “otorgarles” la reclamada y ansiada personería jurídica, credencial de autenticidad exigida para establecer relaciones con los agentes estatales. De tal modo, lo que debería ser un espacio de fortalecimiento de la relación entre pueblos indígenas y estados nacionales y provinciales, deviene en un escollo en ocasiones insuperable que perpetua la inacción, inhibe las potenciales políticas de reparación y genera el estancamiento de los procesos de comunalización que se desarrollan de un tiempo a esta parte. En no pocas ocasiones, las negativas al reconocimiento y las exigencias de dependencias como el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), paradójicamente se alejan del respeto a la autoadscripción identitaria de los pueblos indígenas y no perciben a la identidad como construcción social, política e histórica. Así, las negativas al reconocimiento están afectadas por interpretaciones estigmatizadas que los propios agentes estatales especialistas, indígenas o no, conciben para otros indígenas. Como ha señalado Escolar se imputa falsedad a los aborígenes sino demuestran un conocimiento acabado de su historia y sus antiguas tradiciones. Aunque, recíprocamente, no sea considerado “falso” que adscriptos nacionales o de otro tipo carezcan de ese tipo de conocimientos precisos o no sepan fundamentar “científicamente” sus identidades (Escolar 2007: 28). Enfocaremos entonces en los procedimientos legales exigidos para el reconocimiento de las comunidades indígenas, procesos que se inscriben en ciertas formas de construir aboriginalidad (Briones 1997) en la Argentina, dando como resultado una visión idealizada y estereotipada de lo indígena, que no logra deconstruir los discursos hegemónicos que supuestamente ciertos organismos y sus políticas vendrían a superar.
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