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“Experiencia de la Codificación Penal en Argentina. La aplicación del primer Código Penal en la Provincia de Córdoba. (1867-1887).-“
Rosso Matías.
XIV Jornadas Interescuelas/Departamentos de Historia. Departamento de Historia de la Facultad de Filosofía y Letras. Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, 2013.
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Resumen
La Constitución Nacional de 1853 adopto como forma de estado el sistema federal. Este sistema respondía, en gran parte, a la experiencia confederativa que se había vivido años atrás y estaba claramente influenciada por la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787. Sin embargo los constituyentes argentinos se apartaron de ese modelo al otorgar al Gobierno Nacional la potestad de dictar los Códigos de fondo. El primer Código Penal entraría a regir en 1887, mientras tanto, las provincias, por una potestad residual que le confería el art. 67 inc.11 de la Constitución Nacional, fueron una a una dictando sus propios Códigos Penales. En la provincia de Córdoba se sanciono como Código Penal un proyecto desarrollado por los Doctores Sixto Villegas, Andrés Ugarriza y Juan Agustín García (padre) en 1881. Este Código tuvo plena vigencia en todo el territorio de la provincia hasta la sanción del Código Penal de la Nación por parte del Congreso en 1887. El caso de Córdoba no fue aislado, la mayoría de las Provincias adoptaron de forma sucesiva sus propios Códigos. Prácticamente todas ellas adoptaron como Código para sus territorios el proyecto presentado por el Dr. Tejedor al Congreso Nacional en 1867, a diferencia de la Provincia de Córdoba que adopto el proyecto de 1881. La hipótesis que plantea nuestro trabajo es la siguiente: Con la adopción del primer Código Penal Provincial se inicio una nueva etapa en la administración de justicia de la Provincia. Sin embargo, es posible que la inercia en la actividad judicial, guiada durante largo tiempo por un sistema difuso de fuentes normativas, nos lleve a encontrar formas de sincretismo entre la cultura de la codificación y el antiguo método de heterointegración normativa característico de los tribunales de épocas precodificadas.-
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